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¿Tu empresa te ha denegado el teletrabajo?

Si las condiciones de tu trabajo lo permiten y, sin embargo, tu empresa te ha rechazado el teletrabajo o las condiciones que tu solicitabas respecto a esta nueva modalidad de trabajo de forma sistemática, dispones de un nuevo procedimiento laboral para impugnar esta decisión empresarial y hacer valer tus derechos. 

Tras la negativa de tu empresa, dispones de 20 días para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. 

La tramitación de este procedimiento es preferente y urgente. Además no se dilata en el tiempo, puesto que la resolución judicial no es recurrible.

Si es tu caso consulta con nuestros abogados laboralistas y estos te informarán.

preguntas frecuentes

FAQ

Encuentra la respuesta a las preguntas más frecuentes. Para más información, contácta con nuestros abogados laboralistas y ellos resolveran tus dudas. 

En términos generales, no. El empresario únicamente puede modificar las condiciones del contrato de trabajo si existen causas justificadas: económicas, técnicas, organizativas o de producción.

, pero bajo una serie de condiciones. Para que sea considerado válido, el empresario deberá notificarlo por escrito, enviando así la carta de despido por burofax o por correo electrónico certificado. 

Sin perjuicio, de que puede además llamar al trabajador y comentar los términos del despido. 

En primer lugar, al recibir el finiquito si no estas de acuerdo, tienes dudas o crees que no es esa la indemnización que te corresponde te recomendamos que lo firmes como no conforme.

Posteriormente, deberás ponerte en manos de un abogado laboralista, puesto que el despido tiene un plazo muy breve para impugnarlo, concretamente 20 días hábiles.

Las indemnizaciones que un trabajador tiene derecho a percibir en caso de despido pueden ser de varios tipos en función de la calificación judicial, los motivos que lo impulsan o si se trata de una finalización de contrato temporal

En caso de despido improcedente, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Sin embargo, si finaliza tu contrato temporal la indemnización será de 12 días de salario por cada año trabajado.

El plazo máximo para ejercitar acciones legales para reclamar los salarios impagados es de un año a contar desde el día en que pudo solicitarse el pago del salario, es decir, desde que se tuviese derecho a percibir dichas cantidades. 

Por lo tanto, te recomendamos que te dejes asesorar por los mejores abogados laboralistas para lograr un resultado favorable. 

¿Qué dicen nuestros clientes de nosotros?

Testimonios

Permítenos ayudarte con profesionalidad, humanidad y rigor.

Desde el primer momento me asesoró y me hizo sentir muy tranquila. Además, en todo momento el trato fue excelente. Resolvió todas mis dudas y consiguió el mejor resultado.
Alicia
Llevaron mi despido durante el estado de alarma y el resultado fue positivo. Desde el primer momento, Cristina me habló con mucha claridad. Durante todo el proceso me orientó, manteniéndome informado de forma muy transparente.
Carlos
Grandes profesionales, serios y un trato impecable. En conclusión, totalmente recomendables.
Julián

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