Divorcio cuando uno de los cónyuges se encuentra en el extranjero

Cada vez es más frecuente que se dé la situación de que una pareja, que conviva en distintos países, decida divorciarse. ¿Qué sucede en estos casos? ¿Es posible el divorcio cuando uno de los cónyuges se encuentra en el extranjero? ¿Se siguen los mismos pasos que en un divorcio ordinario? Sí, es posible el divorcio, pero se requieren requisitos adicionales, es decir, existen especialidades cuando se plantea un divorcio cuando uno de los cónyuges se encuentra en el extranjero.

Cuestiones previas a recordar

En primer lugar, es conveniente recordar que existen dos tipos de divorcios: de mutuo acuerdo y contencioso. La principal diferencia entre ambos es que en el primero de ellos, existe acuerdo entre los cónyuges de las medidas de divorcio, frente al divorcio contencioso, en el que no existe tal acuerdo.

Para ambos casos es necesario contar con la asistencia de un abogado y un procurador. Sin embargo, solamente en el caso de divorcio de mutuo acuerdo, es posible que ambos cónyuges compartan el mismo abogado y el mismo procurador, ahorrando así costes en el proceso.

En segundo lugar, en ambos tipos de divorcios, es necesario que en la demanda se solicite el establecimiento de las medidas familiares establecidas en el artículo 90 del Código Civil (uso de la vivienda familiar, guardia y custodia de los hijos, pensión de alimentos, pensión compensatoria…).

En el caso de realizar un divorcio de mutuo acuerdo, una vez presentada la demanda junto con el convenio regulador, se requiere la comparecencia de ambos cónyuges ante el Letrado de la Administración de la Justicia en aras de ratificar el divorcio y las medidas acordadas en dicho convenio. Pero y, ¿qué sucede cuando uno de los cónyuges se encuentra en el extranjero?

Divorcio de mutuo acuerdo cuando uno de los cónyuges se encuentra en el extranjero

En ese caso, no es necesario que el cónyuge que se encuentra en el extranjero comparezca personalmente en el Juzgado para ratificar el convenio. Para ello, será necesario que el cónyuge que se encuentra en el extranjero haga un poder a favor del procurador, para que sea éste quien le represente en el procedimiento y sea el mismo quien ratifique el convenio en el juzgado en nombre el cónyuge que se encuentra en el extranjero.

Sin embargo, no basta con el simple poder realizado a favor del procurador. Es asimismo necesaria la firma del cónyuge que se encuentra en el extranjero de los documentos originales ante Notario o Consulado de España en el país en el que se encuentre.

Envío de la documentación original

Es por ello que será necesario que una vez redactado el convenio, se envíen, los documentos originales firmados por el cónyuge que se encuentra en España, al cónyuge en el extranjero para su firma.

Firma ante el Notario o Consulado de España de la documentación original

Una vez recibidos los documentos por el cónyuge en el extranjero, éste deberá firmar dicho convenio ante Notario o Consulado de España, manifestando ante ellos que se encuentra de acuerdo con lo establecido en el convenio.

Convenio protocolizado en el poder

Asimismo, es necesario que el convenio firmado quede protocolizado en el poder realizado. Es decir, que en el momento de la firma ante Notario o Consulado de España, deberá incorporarse el convenio al poder. Poder en el cual se establecerá expresamente que se apodera al procurador para la ratificación en presencia judicial del convenio regulador presentado junto a la demanda de divorcio.

Una vez realizados todos los pasos anteriores será necesario que se envíen a España el poder con el convenio protocolizado. Recibida dicha documentación, se procederá a presentar la demanda de divorcio junto con el convenio. Se tramitará el divorcio de manera ordinaria y cuando se señale la comparecencia en el Juzgado para la ratificación del divorcio, únicamente bastará con la presencia del cónyuge que se encuentra en España y el procurador designado en el poder para la ratificación del convenio para hacer efectivo el divorcio.

Divorcio contencioso cuando uno de los cónyuges se encuentra en el extranjero

Pero, ¿y qué sucede en el caso de que las partes no estén de acuerdo? En ese caso, el procedimiento no es tan sencillo como el anterior, pero también existe la posibilidad de realizarlo, aunque variará en función de las circunstancias del caso concreto.

Es por lo anterior, que es preciso que en estos casos cuentes con un abogado de divorcios experimentado, en aras de que realizar este tipo de procedimiento tan específico.

Finalmente, en caso de que te encuentres en esta situación de que uno de los cónyuges se encuentre en el extranjero y desees iniciar un procedimiento de divorcio, no dudes en contactarnos. Te ayudaremos y asesoraremos durante todo el procedimiento para hacer de esta difícil situación un proceso menos conflictivo.

separación divorcio
Cristina García
Abogada

 

, ,